MISIÓN:
Generar el soporte jurídico integral a la administración municipal relacionado con la asesoría, asistencia, representación judicial, y apoyo en los procesos contractuales y aconsejar al señor Alcalde Municipal y a los servidores públicos de la administración, en todos los aspectos jurídicos que se requieran y en general en la formulación de conceptos sobre la legalidad de los actos administrativos del Municipio.
FUNCIONES
Son funciones esenciales de la Secretaría Jurídica, las siguientes:
1. Estudiar, analizar y conceptuar sobre la aplicación de normas y la expedición de los actos administrativos que competan a los diferentes niveles de la Administración Municipal.
2. Dirigir y coordinar la representación judicial, extrajudicial y prejudicial del Municipal en los procesos en que este sea parte o en aquellos en que pueda tener interés.
3. Dirigir y coordinar, a partir de las políticas generales que trace en los distintos asuntos de importancia jurídica, la asesoría jurídica a las dependencias de la administración central del Municipio.
4. Dirigir y coordinar la sustanciación y preparación de los actos administrativos de única y de segunda instancia que conforme a la normatividad jurídica deba conocer y resolver el Alcalde, en temas de su competencia.
5. Dirigir, coordinar y/o apoyar el trámite y respuesta a las consultas jurídicas, derechos de petición, acciones de tutela, y requerimientos de los juzgados y tribunales que se presenten ante el Despacho y demás dependencias de la Administración Municipal.
6. Apoyar a las direcciones o grupos jurídicos de las diferentes dependencias de la Administración Municipal en la toma de decisiones que involucren el componente jurídico y fijar la posición jurídica del Municipio cuando se presente desacuerdo.
7. Diseñar las políticas de divulgación del ordenamiento normativo y de acceso a la información jurídica.
8. Dirigir y coordinar las actividades y procedimientos para el otorgamiento de cartas de naturaleza que le correspondan al Alcalde.
9. Orientar y asesorar al Alcalde y a los servidores públicos delegatarios de la ordenación del gasto, en los diferentes procesos contractuales, de acuerdo con la normativa vigente.
10. Atender los requerimientos de los entes externos de control los cuales consisten en atención a visitas de auditoría o revisión, solicitudes de presentación de informes eventuales o de informes periódicos que tengan que ver con la dependencia.
11. Dar trámite a la correspondencia y a las comunicaciones que el público en general dirija a la dependencia, referente a peticiones de documentos, servicios, quejas o reclamos.
12. Atender oportunamente los derechos de petición que le haga la comunidad o los requerimientos judiciales si los hubiese.
13. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz del objetivo de la dependencia, o que sean asignadas en complemento, desarrollo o modificación de la Constitución, las Leyes, las Ordenanzas, los Acuerdos, o asignadas por autoridad competente.